Fondo de Crédito Solidario

Los fondos de crédito universitario, fueron creados por la ley 18.591 del año 1987 como organismos insertos en las Instituciones de Educación Superior. Con fecha febrero de 1994 la ley 19287, en su artículo 1º, creó el Fondo Solidario de Crédito Universitario, continuador legal del Fondo señalado. El Fondo Solidario de Crédito Universitario, en adelante FSCU, tiene destinado asignar recursos, en calidad de préstamo a los alumnos de pregrado, cuyo objeto es financiar total o parcialmente los aranceles, según su disponibilidad presupuestaria existente. El Fondo Solidario de Crédito no tiene personalidad jurídica separada de la Universidad Austral de Chile. La comisión para el Mercado Financiero, ha establecido que los fondos deben mantener registros contables separados de los llevados por la Universidad, así como utilizar plan de cuentas específico y emitir estados financieros con la forma y contenidos fijados por ellos.

 

Procedimientos de Cobranza:

Se iniciará el proceso de cobranza de los deudores, dos años después de su Egreso, o dos años después de cancelada su última matrícula, en ambos casos, esté o no en posesión de su título o grado respectivo.
Nuestro Departamento es la Unidad responsable, de emitir el Plan de Pago y Chequera correspondiente a la deuda que mantienen los deudores con la Universidad.

La Deuda total del deudor en el caso del CU y CFU estará por defecto dividida en 10 Cuotas o Años, a menos que según ley, pueda acogerse a mayor o menor plazo. La Cuota Anual, a su vez estará subdividida en el máximo de subcuotas que determine la Corporación, teniendo como fecha de vencimiento el 31 de Diciembre de cada año.

Sin embargo en el Crédito Solidario, si la Deuda contraída es menor a 200 UTM, se fijaran 12 años para su cancelación, y si fuera superior a 200 UTM, quedará fijada en quince. En este tipo de crédito el deudor estará obligado a declarar sus ingresos del año anterior, y pagar máximo un 5% sobre ellos, teniendo como vencimiento el 31 de Mayo de cada año, plazo modificable según necesidades de la Universidad.

Si un deudor no pagara las subcuotas en forma oportuna, el Fondo de Crédito y el Departamento de Tesorería, deberán cargar el Interés Penal simple equivalente al 1,5% por mes o fracción de mes de mora.

Si un deudor cancelara la totalidad de su obligación, antecedentes previamente verificados por el Fondo, se procederá a la devolución del o los Pagarés suscritos por éste, por medio certificado o en forma personal.

El Fondo de Crédito opera como Oficina Central, teniendo como Unidades Sucursales la Oficina de Santiago, Campus Puerto Montt, Ancud y Coyhaique. Estas Sucursales, atienden a deudores que soliciten, Información, Cancelar Deudas, Obtener Formularios de Declaraciones de Ingresos y Otros.

 

Características del Crédito Solidario

Aspectos Relevantes:

A partir de 1994, se introducen cambios en la Ley 18591, en el sentido de crear un Fondo Solidario de Crédito Universitario, para cada una de las instituciones de educación superior que reciben aportes del estado, esto es, la creación de la Ley 19287.

La deuda de los alumnos, devengará un 2% de interés anual, a partir de la fecha de suscripción.

La exigencia de la obligación será después de dos años de su egreso o de dos años que el beneficiario no se matriculare, en ambos casos esté o no en posesión de su título o grado respectivo.

El deudor tiene la opción de declarar sus ingresos del año anterior, y establecer de esa forma un pago no superior al 5% de sus ingresos anuales. Para lo anterior, los deudores acreditarán sus ingresos mediante Declaración Jurada, a la que deberán acompañar los antecedentes de respaldo pertinentes.

Si un deudor no acreditare sus ingresos en el plazo señalado en el inciso primero del artículo 9º, el administrador general del fondo respectivo le determinará una cuota fija, anual y sucesiva, que se calculará en función del saldo deudor debidamente actualizado, dividiendo el monto de la deuda por el número de años de cobro, de acuerdo a la siguiente tabla:

Saldo deudor deuda (UTM)

Años de cobro 

Desde 0 a 50

6

Desde 51 a 100

9

Desde 101 a 200

12

201 o más

15


Existe la posibilidad de la Novación, es decir, el ex-alumno durante su período de gracia puede solicitar pactar su deuda a 10 años, al 4% de interés anual y quedando exento de presentar declaraciones juradas.

Todo pago anticipado tendrá un descuento máximo de un 2,5%, por cada décimo del saldo deudor. Tales descuentos se aplicarán sobre el monto pagado por el deudor en exceso del valor del pago anual correspondiente.

 

Objetivos y Funciones

Objetivo :
El Fondo de Crédito Universitario de la Universidad Austral de Chile, fue creado con el amparo del artículo 70 de la Ley 18.591 de enero de 1987, que establece la creación de un fondo de crédito universitario para cada una de las instituciones de Educación Superior que a la fecha de publicación de la Ley recibían aporte fiscal según Decreto con Fuerza de Ley Nº 4 de 1981. Posteriormente, la Ley 19287 del 1994, modifica y sustituye al Fondo de Crédito Universitario por otro denominado Fondo Solidario de Crédito Universitario, y establece normas de Reprogramación de los deudores.

El Fondo Solidario de Crédito Universitario ( FSCU ), tiene destinado asignar recursos, en calidad de préstamo a los alumnos de pregrado, cuyo objeto es financiar total o parcialmente los aranceles, según su disponibilidad presupuestaria existente. Para lo anterior, es necesario, mantener, actualizar y entregar la información, referente a ex-alumnos. Básicamente, llevar el Control de la cuenta corriente de los deudores de, Crédito Fiscal Universitario ( CFU ) Crédito Fiscal Reprogramado ( CFR ), Crédito Universitario ( CU ) y Crédito Solidario ( FS ), entregando una atención oportuna y eficiente al deudor y demás clientes de la Unidad.

Definición de Funciones:
Las tareas a desempeñar están claramente identificadas en la Ley 19287, continuador legal del Fondo de Crédito Universitario.

Anualmente deben efectuarse cobranzas, que separamos en dos grupos; deudores que ya se encuentran en cobro, y deudores que Inician Cobranza. Para lo cual, se realizan procesos masivos por tipo de crédito.
De los pagos recibidos en cajas de tesorería o bancos, verificar que sean abonadas a la cuenta corriente del deudor correspondiente.
Autorizar pagos con documentos a fecha.
Convenir Descuentos por Planilla.
Digitación de las colillas de pagos en Banco al actual sistema y su revisión.
Actualizar periódicamente información como; Domicilios, plazo y/o vencimiento, ingreso de los pagos, Condonaciones por invalidez o fallecimiento, devoluciones de pagarés, Certificados estudios Magíster, Pregrado y otros.

Estructura Interna:
Actualmente, el Fondo cuenta con un Administrador, un Contador, una Secretaria y dos funcionarios administrativos. Más una Cajera, dependiente del Departamento de Tesorería y funcionalmente de este Fondo.

 

Normativas:

Archivo word

Ley 19287

Archivo word

Ley N°20.572 de Reprogramación de Deudas Morosas.

Dra. Milagros Guerrero Martínez, Administradora Fondo Solidario de Crédito Universitario.


 

Administradora: Milagros Guerrero Martínez
Email: milagros.guerrero@uach.cl 

Secretaria: Ximena Mera Pérez
Teléfono: +56 63 2 22 1379
Email: xmera@uach.cl

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Presencial:

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Las Encinas 220, Pabellón C, 1 º piso
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Consultas por Admisión:

Lunes a viernes
Horario: 09:00 a 13:00 y 15:00 a 18:00 hrs.

Acreditación

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