Comisión Central de Doctorado

La Comisión Central de Doctorado (CCD) es el cuerpo colegiado superior en el ámbito de los programas doctorales. En virtud de ello, su función primordial es la de velar por el normal desarrollo de los programas de doctorado, cautelando su calidad, en concordancia con las políticas y planes de desarrollo corporativo.

La CCD es presidida por el o la Director/a de Estudios de Postgrado y la integran cinco académicos acreditados de la Universidad Austral de Chile, que representen las áreas del conocimiento de los programas de doctorado activos en la oferta académica. Se considera para este efecto la clasificación de áreas del conocimiento del Servicio de Información de la Educación Superior (SIES) y de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). En la eventualidad de situaciones en que la Comisión requiera analizar aspectos de áreas sin representación, la Comisión podrá invitar a un/a especialista del área a la sesión correspondiente.

Los integrantes de la Comisión son nombrados por el Consejo Académico, a proposición de la Dirección de Estudios de Postgrado. Duran en el cargo cuatro años, pudiendo ser reelectos por un periodo más. 

Integrantes actuales (DR 076-2024):

Antonio Zumelzu Scheel
Director de Estudios de Postgrado

Susana Valle
Instituto de Ingeniería Agraria y Suelos
Facultad de Ciencias Agrarias y Alimentarias

Paulo Corti
Instituto de Conservación, Biodiversidad y Territorio
Facultad de Ciencias Forestales y Recursos Naturales

Fabiola Sánchez
Instituto de Inmunología y Parasitología
Facultad de Medicina

Carolina Bruna
Instituto de Filosofía
Facultad de Filosofía y Humanidades

Funciones

De acuerdo con el Art. 5 del Reglamento General de Programas de Doctorado, la Comisión tiene las siguientes funciones:

a) Asesorar a la Dirección de Estudios de Postgrado en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de los programas de doctorado que ésta someta a su consideración.

b) Evaluar y proponer al Consejo Académico, a través de la Vicerrectoría Académica, las propuestas de creación de nuevos programas o la reformulación de programas existentes.

c) Evaluar y aprobar las solicitudes de actualización de planes de estudios o modificaciones a las definiciones de objetivos, perfil de graduación o líneas de investigación de los programas.

d) Acreditar o autorizar profesores de acuerdo con los Criterios de Acreditación aprobados por el Consejo Académico.

e) Solicitar informes anuales a las Escuelas de Graduados sobre el desarrollo académico-administrativo y financiero de cada programa, para su seguimiento y evaluación.

f) Aprobar las proposiciones justificadas de las Escuelas de Graduados relacionadas con la nominación de los Comités de Programas y sus respectivos directores.

g) Proponer a la Vicerrectoría Académica la suspensión temporal de la admisión de nuevos ingresos a los programas.

h) Resolver las apelaciones de los estudiantes frente a resoluciones de las Direcciones de las Escuelas de Graduados.

i) Dirimir los desacuerdos que se originen en cualquier instancia del desarrollo de un programa de doctorado.

j) Estudiar y proponer las modificaciones al Reglamento General de Programas de Doctorado.

 

Última actualización: 13 de enero, 2025

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